Modificacion de las tarifas eléctricas.

4 sept 2009


Paso de la venta de energía de las Distribuidoras a las Comercializadoras

El 1 de Julio de 2009 desaparecen TODAS las tarifas integrales, las conocidas como tarifas eléctricas de toda la vida, y sólo podrán acogerse a las tarifas de último recurso los suministros en Baja Tensión y con potencias contratadas menores de 10 kW.

Requisitos para tener suministro de Tarifa de Último Recurso:

Potencia contratada ≤ 10 kW (Esta potencia podrá ir viéndose reducida según vaya acordando el legislador)

Análisis comparativo de las ofertas de gas natural y electricidad para los consumidores domésticos, de acuerdo con la información obtenida de las ofertas publlicadas en las páginas web de las comercializadoras en el periodo del 7 al 14 de julio
Elaboración en el ámbito de la actividad de Supervisión del Mercado Minorista de gas y electricidad. Periodo analizado: semana del 7 al 14 de Julio de 2009.

La Comisión Nacional de Energía, en el ámbito de las actividades de supervisión del mercado minorista, realizadas por las Direcciones de Energía Eléctrica y de Gas, ha considerado oportuno la realización de un análisis de las ofertas de suministro de electricidad y de gas natural que las empresas comercializadoras están ofreciendo en la actualidad a los consumidores españoles del segmento domestico residencial.

El objetivo del estudio es facilitar al consumidor la comparación entre las ofertas de gas o electricidad, para que pueda elegir la oferta que mejor se adapte a sus necesidades de consumo. Pinche aqui para ver el estudio.

El momento es oportuno en la medida que los consumidores españoles están siendo afectados por cambios regulatorios de relevancia en un escenario de mercados liberalizados, tal como propugnan las Leyes sectoriales, Ley 17/2007, de 4 de julio, por la que se modifica la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, para adaptarla a lo dispuesto en la Directiva 2003/54/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2003, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad y la Ley 12/2007, de 2 de julio, por la que se modifica la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, con el fin de adaptarla a lo dispuesto en la Directiva 2003/55/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2003, sobre normas comunes para el mercado interior del gas natural.

Según lo establecido en estas disposiciones legales, la actividad de distribución queda asignada a agentes que tienen como objeto social exclusivo el diseño, construcción, operación y mantenimiento de las redes de distribución, y todos los consumidores tanto de gas como de electricidad han pasado a ser suministrados a través de una empresa comercializadora.

Como medida de protección al consumidor, la regulación establece una tarifa de último recurso tanto para el sector de gas natural como para el de electricidad.
Así en el caso del sector de gas natural, a partir del 1 de julio de 2009, tienen derecho a acogerse a la Tarifa de último recurso los consumidores conectados a gasoductos de presión igual o inferior a 4 bar y consumo anual menor o igual a 50.000 kWh/año.

Del mismo modo, en el sector de la electricidad, a partir del 1 de julio de 2009, tienen derecho a acogerse a la Tarifa de último recurso los consumidores conectados a redes de baja tensión con potencia contratada menor o igual a 10 kW.

La CNE ha elaborado un estudio, consistente en el análisis del conjunto de las ofertas de suministros de gas y electricidad a precio libre en España para los consumidores domésticos, y su comparación con las tarifas de último recurso, para el periodo correspondiente a la semana del 7 al 14 de Julio de 2009.

a.- El procedimiento seguido ha considerado los siguientes aspectos:

- Se ha utilizado, fundamentalmente, la información disponible en las páginas web de las comercializadoras en la semana del 7 al 14 de Julio de 2009.
- Las ofertas se han clasificado en ofertas simples (sólo electricidad o sólo gas), ofertas combinadas con otros servicios (mantenimiento de caldera) y la oferta dual (gas + electricidad)

b.- La estructura de los contenidos del estudio responde al siguiente índice:

1.- Comparativa de ofertas de Gas
2.- Comparativa de ofertas de Electricidad
3.- Comparativa de ofertas Duales de Electricidad + Gas
4.- Conclusiones:

-Ofertas de Gas
- Ofertas de Electricidad



30 de Julio de 2009
La Comisión Nacional de Energía.
INFORMACION RECOGIDA DE http://www.cne.es/cne/Novedades?accion=3&id_novedad=361&id_nodo=109

0 comentarios :

Publicar un comentario

Gracias por visitar nuetro blog
Si desea dejar una consulta no se olvide de tu nombre, e-mail, y telefono.
Les responderemos a la mayor brevedad posible.
Gracias

Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...
 
ELECTRICISTA AUTONOMO MADRID © 2013 | Plantilla diseñada por Ciudad Blogger
Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...